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Ley de Memoria Democrática: dónde está tu solicitud ahora que cerró el plazo

El plazo para pedir la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática terminó el 22 de octubre de 2025. Qué significa para tu solicitud, qué pasa a continuación y cómo protegerte.

Última revisión:

El plazo para pedir la nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática terminó el 22 de octubre de 2025 a las 23:59. Desde el 23 de octubre, los consulados ya no aceptan nuevas solicitudes de cita por esta vía. Si pediste tu cita o presentaste tu solicitud a tiempo, tu derecho sigue en pie: lo que cambió es que ya no entra gente nueva a la fila.

Esta guía explica en qué punto puede estar tu caso y qué pasa después.

Quién podía pedirla

La ley (disposición adicional octava de la Ley 20/2022) permitía optar por la nacionalidad española de origen a tres grupos de personas nacidas fuera de España:

  1. Hijos y nietos de una madre, un padre, una abuela o un abuelo que originalmente eran españoles y que perdieron o renunciaron a la nacionalidad española por el exilio. Según la instrucción oficial, este grupo también cubre a hijos y nietos de españoles de origen que no fueron exiliados.
  2. Hijos de mujeres españolas que perdieron la nacionalidad por casarse con un extranjero antes de la Constitución de 1978.
  3. Hijos mayores de edad de personas a quienes se les reconoció la nacionalidad española de origen por esta misma vía o por la Ley 52/2007 (la llamada «ley de nietos» anterior).

La solicitud se hacía con una declaración de opciónEl acto formal con el que pides la nacionalidad española por una vía de opción, como la Ley de Memoria Democrática. Se hace ante el Registro Civil que te corresponde; si vives fuera de España, ante tu consulado. ante el Registro CivilLa oficina pública que guarda los documentos de identidad y estado civil: nacimientos, matrimonios, defunciones y nacionalidades. En España también existen los registros consulares. que te correspondía; si vives fuera de España, el registro de tu consulado.

En qué punto puede estar tu caso

Según lo que hiciste antes del cierre, estás en una de estas situaciones.

Pediste cita a tiempo, pero todavía no presentaste los documentos

Tu lugar está guardado. Los consulados que anunciaron el cierre dicen que, si pediste la cita antes del 23 de octubre de 2025 y recibiste un comprobante, te enviarán unas credenciales para elegir día y hora. Ese día tienes que llevar los documentos originales y el comprobante que prueba que pediste la cita dentro del plazo. En Buenos Aires ese comprobante se llama IDU; en otros consulados es un código de verificación (CSV).

Guarda ese comprobante como el documento más importante de tu trámite: sin él no puedes demostrar que llegaste a tiempo.

Ya presentaste tu solicitud

Tu expedienteEl conjunto de documentos y registros que el consulado abre cuando presentas una solicitud. Es tu carpeta oficial: mientras esté abierta, el proceso sigue en marcha. está abierto y espera revisión. El encargado del registro consular lo estudia y decide. Mientras tanto:

  • Revisa tu correo electrónico. Es el canal principal por el que los consulados avisan. Mantén activa la dirección que diste y revisa también la carpeta de correo no deseado.
  • Puede llegarte un requerimientoUn aviso del consulado que dice que falta algo en tu expediente o que hay que corregirlo. No es un rechazo: es una petición para seguir adelante, normalmente con plazo para responder.. Si falta un documento, el consulado te lo pide y tienes 30 días naturalesDías corridos del calendario: cuentan todos, también sábados, domingos y feriados. Es distinto de los días hábiles, que no cuentan fines de semana ni feriados. para entregarlo. En Caracas, por ejemplo, el consulado explica que pide los documentos faltantes cuando revisa el expediente, no antes. Lee nuestra guía sobre cómo responder un requerimiento.
  • Si te mudas, avisa al consulado. En Caracas piden responder al correo de resolución favorable con tu nuevo lugar de residencia.

Ya te resolvieron

Si la resolución es favorable, aún quedan pasos: la jura y la inscripciónLa anotación oficial de un hecho (un nacimiento, una nacionalidad) en un registro público. Cuando tu nacionalidad queda inscrita, ya está registrada en el sistema. en el registro consular, y después el pasaporte. Lo explicamos en la guía sobre qué hacer después de una resolución favorable.

Si la resolución es desfavorable, el consulado te la notifica formalmente y puedes presentar un recurso ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. La notificación indica cómo y en qué plazo hacerlo.

Cuánto tarda

Ningún documento oficial da un plazo fijo de resolución. El consulado de Caracas lo resume así: depende de cada expediente, y a veces hace falta consultar a otras autoridades. Los tiempos cambian mucho de un consulado a otro.

Por eso existe el seguimiento de esta plataforma: personas reales comparten en qué mes presentaron y en qué etapa están, y cada consulado muestra la mediana de espera en cuanto hay al menos 10 casos.

Lo que no tienes que hacer

  • No tienes que renunciar a tu otra nacionalidad. La instrucción oficial lo dice expresamente para esta vía.
  • No necesitas un gestor. La solicitud se presenta en persona y los consulados no admiten intermediarios en la cita: en Miami, por ejemplo, no dejan entrar a abogados ni representantes. Desconfía de quien te ofrezca «cupos», «turnos garantizados» o acelerar tu expediente a cambio de dinero: la cita y la resolución las da solamente el consulado.
  • No envíes documentos que nadie te pidió. Espera al requerimiento.

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Fuentes citadas

Esta guía es información general, no asesoramiento jurídico.

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